El último Consejo de Ministros aprobó un real decreto que limita las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y partículas en suspensión (PM) procedentes de instalaciones de combustión medianas (entre uno y cincuenta megavatios) de todo tipo, biomasa y biogás incluidas. Se traspone así la directiva comunitaria correspondiente con unos plazos que deberán cumplir las instalaciones nuevas a partir de diciembre de 2018, sean centrales de generación de electricidad, calderas comunitarias o redes de calor.
Algunas excepciones para la biomasa
Sin embargo, también expone que “en consideración a las recientes inversiones en plantas de biomasa destinadas a aumentar el uso de fuentes de energía renovables y que ya han dado lugar a una reducción de las emisiones, y a fin de tener en cuenta los ciclos de inversión conexos, los Estados miembros han de poder conceder más tiempo a dichas instalaciones para adaptarse a los valores límite de emisión establecidos en la presente directiva”.
Más info: https://www.energias-renovables.com/biomasa/las-instalaciones-de-biomasa-de-mas-de-20171226